Seguro que has oído hablar de una de las mayores estafas europeas, concretamente hablamos del cártel de coches, que también afectó a España. En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia o CNMC, sancionó con 171 millones a una veintena de empresas relacionadas con la automoción (también fabricantes, sus concesionarios y otras entidades asociadas).
Después de años en que las marcas han apelado ante la justicia, han perdido todos los juicios celebrados hasta ahora y los compradores de coches se empiezan a preguntar si tienen derecho a recibir una indemnización.
Si eres uno de los afectados sigue leyendo, y te contamos cómo poder reclamar tu indemnización y el procedimiento para resolver tus dudas.
¿Qué es el cártel de los coches?
La CNMC descubrió en el 2015 este fraude automovilístico, gracias a la información proporcionada por una de las marchas implicadas en la estafa, perteneciente a las del Grupo Volkswagen. Se confesó que se pactaron los precios inflados de los coches entre 30 fabricantes, los concesionarios y las consultoras Urban Science y Snap-On, durante el periodo que comprende desde 2006 al 2013.
Por ello se les sancionó en conjunto con una multa de 171 millones, menos a las marcas del grupo alemán que se libraron por colaborar con la investigación. A pesar de que han recurrido estas marcas automovilísticas durante estos años, siempre ha tenido la misma respuesta por parte de los estamentos jurídicos, tenían que pagar multa e indemnizar a los compradores afectados que presenten una reclamación.
Las marcas implicadas fueron las siguientes: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, SEAT, Skoda, Toyota, Volkswagen y Volvo.
Como se puede comprobar, son las principales marcas del mercado automovilístico español y que por aquel entonces representaban un 91 % de las ventas totales.
¿A quién y cómo tengo que reclamar mi indemnización?
Si compraste tu coche de alguna de las marcas antes mencionadas entre el 16 febrero de 2006 a 31 julio de 2013, se puede reclamar. Hay que hacer reclamación contra los derechos del consumidor previa al fabricante o el concesionario distribuidor. En caso de que no la atiendan, que es lo más probable, hay que dirigirse directamente al juzgado.
Sin embargo, estas reclamaciones por parte de los compradores se encuentran paralizadas pendientes del Tribunal de Justicia de la UE, para concretar la extensión del plazo de reclamación. Actualmente hay de plazo para iniciar la reclamación 1 año a partir de la sentencia de cada marca. Para iniciar el reclamo basta con mandar un reclamo con burofax al concesionario y con nuestra asesoría jurídica ya abriremos el trámite del reclamo.}
Si el concesionario donde adquiriste el coche objeto del fraude hace caso omiso a nuestra petición, que sería lo más habitual, entonces ya emprenderíamos los trámites legales por la vía judicial. De no hacerlo de esta forma, el juez nos podría echar para atrás el requerimiento inicial al no haber informado a la otra parte anteriormente.
El fraude fue tan extenso en cuanto a los afectados que se creó una Plataforma de Afectados del Cártel de Coches por la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches o AACC, que tiene como objetivo reunir a todos aquellos que se hayan visto, en mayor o menor medida, afectados por el cártel de los coches.
Las posibilidades de afección son múltiples, ya que el cártel de fabricantes de automóviles denunciado está compuesto tanto por concesionarios, como por distribuidores comerciales y los propios fabricantes. Esto conlleva a que haya un alto porcentaje de los consumidores finales o clientes susceptibles de estar afectados.
Papeles imprescindibles para reclamar por el cártel de los coches
Si compraste un coche entre el 16 febrero de 2006 a 31 julio de 2013, revisa entre tus papeles si conservas la factura de compra del vehículo o la documentación necesaria para poder hacer una reclamación a las marcas afectadas por el cártel de los coches. Lo que tienes que reunir es lo siguiente:
- Factura de compra del vehículo. También se darían por válidos los recibos del banco o facturas de la financiación de la adquisición del coche.
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica.
- DNI del comprador.
¿Cuánto dinero me tienen que pagar?
Aquí de nuevo entra la casuística de cada comprador, porque no hay una cifra fija. Se estima que se tendrían que abonar por las multas entre un 10 y un 15 % del valor de compra del propio coche. Para un vehículo pequeño podrían ser alrededor de 2.500 euros, subiendo hasta los 8.000 euros en el caso de los más grandes. De todos modos, es un valor que dependerá de más factores y que estimará el juez en su momento.
¿Si he comprado o vendido un coche de esa época puedo reclamar?
Puede darse el caso que una persona comprara un automóvil entre las fechas que he explicado más arriba concerniente a la época del cártel de los coches y lo vendiera posteriormente, y por tanto ya no lo tiene. Para estos casos los compradores sí tendrían la posibilidad de poder reclamar, siempre y cuando conserven la factura. Los que no pueden hacerlo son los compradores posteriores de esos coches. Sin embargo, si compraste el vehículo de segunda mano en un concesionario de las marcas afectadas entre las fechas citadas anteriormente, si podrías interponer el reclamo.
Por último, aclarar que estas reclamaciones no son solo para los particulares. También se pueden beneficiar de ellas empresas del alquiler, flotas, taxis y VTC.
Si tienes cualquier duda y necesitas asesoría no dudes en contactarnos. Recuerda que puedes escribir por privado en el cajón de comentarios y preguntar tanto si eres un afectado como si eres un profesional.
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¡Nos vemos pronto!
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