En el día de hoy, compartimos con todos vosotros nuestro éxito en un caso relacionado con la responsabilidad jurídica de un arquitecto en lo que a construcción se refiere. Hace pocos días hemos recibido una sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que nos da la razón, y además, libera de las costas a nuestro cliente, eso sí, ganar nunca ha sido fácil y las cosas hay que explicarlas, aclararlas y definirlas correctamente para ver con claridad cuales son las responsabilidades de una persona que forma parte de un proyecto global donde participan diferentes profesionales y empresas cada una responsable de su parcela dentro de la construcción.
¿TE INTERESA LO QUE ESTÁS LEYENDO? AHORA VIENE LO MEJOR
Los hechos ocurrieron así:
En el año 2012, una empresa dedicada a la promoción, urbanización y construcción, adquiere de la Agencia Tributaria de Asturias, una finca en Pola de Laviana. Una vez que toma posesión material de la finca comprueba, según dice en la demanda, que carece de rampa de garaje, no están delimitadas las plazas, los trasteros se hayan inacabados, sin sistemas de extinción de incendios ni de evacuación de agua, lo que ha llevado a los vecinos a instalar varias bombas de extracción, al ser frecuentes las inundaciones que además afectaron a la instalación de ascensores.
Esta empresa considera como responsable, entre otros, al arquitecto, por los vicios y defectos constructivos que aprecia. En consecuencia, formula demanda y solicita se declare la correspondiente responsabilidad solidaria o se le condene a ejecutar el proyecto y obras recogidas en su dictamen pericial.
¿Existe responsabilidad jurídica de un arquitecto en este caso?
Tal y como argumentamos en defensa de nuestro demandante, las obras de edificación llevadas a cabo en su día y para las que se obtuvo la pertinente licencia municipal, lo era para doce viviendas y un local, no para la planta sótano y la edificación de un garaje, destino que exige una licencia de actividad específica al tratarse de una actividad molesta, nociva, insalubre, que precisa de un proyecto específico con una tramitación paralela ante la consejería correspondiente, el cual suele ser redactado por un ingeniero.
Argumentos de la defensa
Para nuestro equipo de abogados especialistas en construcción, es importante destacar que esta sentencia que exime de responsabilidad jurídica al arquitecto es óptima por 3 motivos:
- Delimita perfectamente las responsabilidades de los arquitectos cuando hay proyectos específicos en el edificio.
- Da un giro importante respecto a la prevalencia de la descripción registral de un inmueble frente a la realidad física.
- Explica con claridad los plazos de garantía y prescripción de las acciones de reclamación por daños materiales y defectos constructivos.
Esta es una breve explicación de lo que podréis leer a continuación en la sentencia, compartimos con vosotros un link de descarga público para poder, si es de vuestro interés, leer de forma completa la sentencia conseguida a favor de nuestro cliente.
Sentencia-Responsabilidad-juridica-de-un-arquitecto-defectos-construccion
Comentarios
Fernando Elosegui
Gracias por la información y enhorabuena a todos..
Fernando
González Sastre Abogados
Muchas gracias Fernando, un placer compartir estas noticias, para cualquier duda ponte en contacto. Un saludo.