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24 de mayo / Escrito por Esteban González-Sastre

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Pagar la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad, ¿hasta cuándo estoy obligado?

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Si en más de una ocasión te has hecho esta pregunta y aún no sabes hasta cuándo debes pagar la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad, has llegado al sitio correcto.

En la publicación de hoy veremos lo que dice la ley, qué sentencias existen hasta el momento sobre la tan discutida manutención de los hijos mayores de edad o cuales son las causas de anulación más frecuentes en los juzgados.

En estos últimos días, muchos son los medios de comunicación que se han hecho eco de la Sentencia del Tribunal Supremo que libera a un pensionista de 78 años de tener que pagar la pensión de su hijo mayor de edad.

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¿A qué me obliga la ley?

Como toda ley, siempre existe ambigüedad en su interpretación, por eso existe la figura del juez que es la persona responsable y encargada de tomar la última decisión al respecto en caso de una separación o divorcio contencioso.

Ahora bien, es importante decir que la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad, puede ser de obligado cumplimiento aunque dicha persona haya cumplido ya los 18 años.

En este caso, existen unas razones de peso que un juez da valor a la hora de tomar la decisión de pagar o no la pensión alimenticia:

  • – Si el hijo está en un período de formación.
  • – El hijo pone de su parte en dicha formación.
  • – O si no tiene recursos económicos propios.

¡EN ESTE CASO NO SE PUEDE DEJAR DE PAGAR LA PENSIÓN ALIMENTICIA DE UN HIJO MAYOR DE EDAD!

Una medida a tener en cuenta, y siempre que la sentencia así lo obligue, es no entregar dicha pensión alimenticia al propio interesado. En nuestro despacho de abogados ya hemos visto de todo, y si un juez estima que una de las dos partes es la responsable de la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad, así debe cumplirse.

Esto no deja de ser una medida de control y también de presión hacia la persona interesada, en caso contrario, simplemente el progenitor se convierte en un pagador, y podríamos vernos obligados a tomar acciones judiciales para la revisión del acuerdo.

Recordamos también que en España existe un baremo orientador para calcular la pensión alimenticia de un hijo, pincha aquí y accederás a una web donde se realizan este tipo de estimaciones.

¿Qué sentencias sientan jurisprudencia?

Como ya comentamos anteriormente, en estos días todos los medios de comunicación han publicado en sus noticiarios el caso de un pensionista de 78 años que aún a día de hoy estaba obligado a pagar la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad teniendo esta persona 38 años.

Según el Tribunal Supremo, y dando valor a las sentencias anteriores del Juzgado de Primera Instancia y Audiencia Provincial, el padre no está obligado dado que el TS señala como factor fundamental para la no independencia económica de su hija la “desidia”.

Para que quede más claro, la Real Academia Española de la Lengua define “desidia” como “falta de ganas, de interés o de cuidado al hacer una cosa”.

Al parecer, una vez sus padres se divorciaron y cumplió la mayoría de edad, esta persona se independizó pero siguió recibiendo la pensión alimenticia que le correspondía.

Ante el abandono y nulo esfuerzo por parte de su hija a la hora de cambiar su situación, el padre se vio obligado a tomar medidas, y más cuando su único ingreso económico era la pensión que recibía.

¡Para más información sobre la noticia compartimos el enlace más abajo!

Antes de terminar, nos gustaría explicar algunas de las causas por las que se podría valorar o conseguir dejar de pagar la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad.

¿Cuales son las causas para dejar de pagar la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad?

Como ya hemos dicho anteriormente, la ley en ocasiones puede ser ambigua y quedar la decisión de pagar la pensión alimenticia y definir su cantidad en manos del juez.

Eso sí, existen algunas causas que a continuación enumeramos:

  • – Por muerte o defunción del progenitor.
  • – Falta de recursos económicos del progenitor que acrediten la no posibilidad del pago debido al descenso de sus ingresos hasta el punto de no atender sus necesidades y/o las de su familia.
  • – O mejora de ingresos económicos, situación laboral o capacidad de mejorar ambos y no intentarlo por parte del hijo mayor de edad.

Estas son algunas de las causas por las que se podría dejar de pagra la pensión alimenticia, aunque existen más, por eso desde González Sastre Abogados nos ponemos a tu disposición en caso de necesitar información, asesoramiento o defensa jurídica con respecto a un tema de tanta controversia como la pensión alimenticia en un hijo mayor de dad.

Enlace a la noticia publicada en los medios: pincha aquí

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Etiquetas: divorcio con hijos,independencia de los hijos,pensión alimenticia,reclamar pensión de alimentos

Categorías: Derecho de familia, Divorcios

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