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29 de septiembre / Escrito por Esteban González-Sastre

6 comentarios

Divorcio Express

Divorcio Express

Aquí estamos una semana más con una nueva publicación que se nos había quedado en el tintero. En anteriores publicaciones hemos hablado de los diferentes tipos de divorcio: el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso. Pero nos habíamos dejado por el camino el divorcio express, la forma más rápida de separación matrimonial y que es relativamente común hoy en día cuando se trata de romper el vínculo matrimonial.

A continuación lo explicamos todo con detalle, y más abajo, podéis visualizar un vídeo donde en poco más de 5 minutos, tendréis consejos y recomendaciones de uno de nuestros abogados expertos. Vamos a verlo.

Definición de Divorcio Express

Cuando hablamos de divorcio express nos estamos refiriendo a un método de separación matrimonial que nace en el año 2005, con la ley 15/2005, muy parecido al divorcio de mutuo acuerdo. Anteriormente a esta ley, era necesario separarse judicialmente y permanecer separado durante un año antes de proceder al divorcio. Desde 2005, el único requisito es haber estado casado más de 3 meses. De esta forma, los trámites de divorcio se agilizaron mucho, recibiendo así el divorcio de mutuo acuerdo el nombre de divorcio express.

Sin embargo, en julio de 2015 se volvió a modificar la ley, de forma que el divorcio express ya no se refiere al divorcio de mutuo acuerdo, sino que ahora existe una nueva figura de separación matrimonial; el divorcio notarial.

Requisitos para el Divorcio Express ante notario

El primer y principal requisito para el divorcio express ante notario es que éste sea de mutuo acuerdo, es decir, que los cónyuges quieran lo mismo durante todo el proceso. En segundo lugar, y no por ello menos importante, es que el matrimonio no puede tener hijos menores de edad o hijos discapacitados. El motivo es que en un proceso de divorcio con hijos es necesario siempre que intervenga el ministerio fiscal, para asegurar que el futuro de los hijos es el más adecuado.

El tercer requisito es tener un convenio regulador firmado por los cónyuges con un acuerdo unánime sobre:

  • El uso y propiedad del domicio familiar
  • El reparto de los bienes que sean comunes
  • La pensión compensatoria

Por último, la ley exige la asistencia letrada de un abogado, el que redacta el convenio regulador.

Y para entender mejor qués es un convenio regulador, dentro vídeo:

Las ventajas del divorcio express

Las ventajas son notables con respecto a un divorcio contencioso. Primeramente resaltaremos la agilidad del proceso, que puede ser tramitado al completo incluso en un plazo de 10 días. No en vano recibe el nombre de divorcio express. Si ambos cónyuges tienen claro que pasará después de la ruptura, y están de acuerdo en todos los puntos exigidos por el convenio regulador, simplemente se contacta a un abogado de divorcios que lo redacte y asesore a ambos cónyuges, se presenta ante un notario que realizará una escritura pública y éste lo remitirá al registro civil. Así de sencillo. Así de rápido.

La segunda ventaja es el coste. Los gastos son notablemente más bajos en este tipo de divorcio, pues por la simplicidad del proceso la minuta del abogado será muy reducida, a la par que el coste del notario es también bajo. Y ya está. No es necesario gastar más dinero en todo el proceso.

Y la última ventaja, tal vez la más importante, es la psicológica. El hecho de no tener que acudir al juzgado, que no tener que asistir a un juicio cuya fecha será impuesta, el hecho de no tener que presentarse ante el juez es siempre mucho más cómodo. Convierte un proceso ya duro de por sí en algo mas fácil de llevar.

Como siempre, para cualquier duda que pueda surgir sobre el proceso de divorcio express, tenemos habilitada la página de contacto para que podáis plantear vuestras dudas al respecto, así como en los comentarios de esta publicación.

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Etiquetas: abogados de divorcios en gijón,divorciarse,divorcio,divorcio express,separación matrimonial,separarse

Categorías: Divorcios, Noticias

Comentarios

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    Jose Angel

    Reply

    Jul 6, 2018 at 1:47 pm

    La pension compensatoria es obligatorio que conste en el convenio regulador si la otra parte no la solicita?
    Pregunto esto porque tengo entendido que si la parte que sufre el desequilibrio economico no la solicita el juez no la concede de oficio.

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      González Sastre Abogados

      Reply

      Jul 25, 2018 at 5:19 pm

      Muchas gracias por comentar nuestro post acerca del Divorcio Express trasladándonos su duda acerca de la pensión compensatoria. La pensión compensatoria es un derecho de aquel cónyuge que se considere desfavorecido económicamente con la ruptura, pero es renunciable, por lo que si nadie lo solicita carece de sentido incluirlo en el Convenio Regulador. Más bien al contrario, aconsejamos que expresamente se indique en el Convenio que no ha lugar a pensión compensatoria porque la ruptura no supone desequilibrio alguno entre las partes. En el mismo sentido, al ser un derecho que no afecta a los menores de edad, ni el Ministerio Fiscal ni el Juez pueden entrar a conceder de oficio dicha pensión si no es solicitada expresamente en la demanda o contestación. Esperamos haberle podido ayudar. Un saludo.

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    Roberto Rodríguez Sánchez

    Reply

    Ago 22, 2018 at 10:55 pm

    Hola, le escribo para solicitarle información acerca de un divorcio de mutuo acuerdo, sin hijos y sin bienes que repartir.
    Me gustaría saber cuánto puede durar el procedimiento y cuánto costaría.
    Muchas gracias.

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      González Sastre Abogados

      Reply

      Ago 28, 2018 at 8:32 am

      Gracias por preguntar acerca de nuestros servicios Roberto. En su caso, al no existir hijos ni bienes que repartir, podría optar bien por el divorcio judicial o por el divorcio notarial (posibilidad admitida desde el 2015). Ambos procesos son rápidos y con precios similares (entre 350€-500€), si bien el notarial es algo más barato y, sobre todo más rápido y discreto.
      En dichos precios iría incluidos nuestros honorarios profesionales. Para que tenga una idea temporal, el divorcio judicial puede obtener Sentencia en un mes desde que se presenta la demanda, mientras que el notarial surte efectos al día siguiente de que acudan al Notario a firmar, pues el se encarga de inscribirlo en el Registro Civil.

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    José Ramón

    Reply

    May 11, 2020 at 9:48 am

    Hola.. Tengo un amigo que quiere divorciarse. Su mujer está embarazada de unos 3/4 meses de otro hombre. Llevan más de 5 meses separados viviendo en distintas Comunidades Autónomas. No tienen hijos en común. Podrían divorciarse ante notario? gracias.

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      González Sastre Abogados

      Reply

      May 11, 2020 at 10:26 am

      Hola Jose Ramón, gracias por escribirnos. Con respecto a la situación de un divorcio sin hijos, comentarte que efectivamente, si no hay hijos en común se puede realizar el divorcio ante Notario sin ningún problema. Esperando haberte ayudado, hasta nueva ocasión me despido. Recuerda que puede seguirnos en nuestras redes sociales, en Youtube disponemos de un canal propio con vídeos explicativos que pueden ser de vuestro interés. Un saludo.

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