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9 de mayo / Escrito por Esteban González-Sastre

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Divorcio de mutuo acuerdo

Divorcio de mutuo acuerdo

Con esta entrada, iniciamos hoy una serie de artículos en los que hablaremos de los diferentes tipos de divorcios y separaciones, sus trámites, alcances, obligaciones y formas. Para iniciar esta serie, hoy vamos a hablar de la modalidad de divorcio más común y sencilla, el divorcio de mutuo acuerdo.

El divorcio amistoso o divorcio de mutuo acuerdo es la forma más rápida y sencilla de llevar la disolución del vínculo matrimonial. Y es que no exige la celebración de un juicio, sólo la presentación de la demanda de divorcio y su ratificación por parte de ambos cónyuges en el Juzgado. Es, además, la forma más barata de divorcio, pues ambos cónyuges pueden ser representados por un mismo abogado y un mismo procurador.

Trámites del divorcio de mutuo acuerdo

El procedimiento comienza con la presentación de la demanda de divorcio por ambos cónyuges, o sólo uno de ellos si goza del consentimiento del otro. Además se deberá presentar conjuntamente el convenio regulador, que es un documento en el que se detallan las custodias de los hijos (si los hubiere), la pensión alimenticia y compensatoria, el régimen de visitas y el uso del domicilio y del ajuar familiar. Éste convenio regulador deberá ser aprobado por el Juez, pudiendo éste denegarlo si el mismo es gravemente perjudicial para uno de los cónyuges, o si es dañino para los hijos. En este caso, los cónyuges deberán someter a consideración del Juez una nueva propuesta, en la que es posible que el Juez establezca ciertas garantías de obligado cumplimiento.

Junto a estos dos documentos debidamente cumplimentados habrá que entregar también el certificado de matrimonio, que se puede solicitar en el Registro Civil del lugar en el cual se contrajo matrimonio, además del certificado de nacimiento de los hijos, si los hubiere. Ya sólo quedaría firmar un Poder General para Pleitos, dando al Procurador el poder para representar a los cónyuges en el Juzgado.

Una vez hecho esto, el Juzgado citará por separado a las dos partes para que ratifiquen la demanda y el convenio regulador. En el caso de que uno de los cónyuges no ratifique estos dos documentos, se archivará el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, abriendo la vía al divorcio contencioso.

Si existen hijos menores

En el caso de tener los cónyuges hijos menores no emancipados, se citará al Ministerio Fiscal para que emita un informe sobre si el acuerdo adoptado en el convenio regulador protege los intereses de los menores. En caso de resultar favorable este informe, el Juez dicta sentencia de divorcio de mutuo acuerdo, decretando la ruptura del vínculo matrimonial. Esta sentencia se inscribirá en el Registro Civil y, en caso de solicitud por parte de uno o ambos cónyuges, en el Registro de la Propiedad y en el Registro Mercantil.

Así termina el proceso de divorcio de mutuo acuerdo, la forma más sencilla de divorcio. En la próxima entrada trataremos del divorcio contencioso, un camino un poco más largo y complejo para la ruptura del vínculo matrimonial.

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Etiquetas: abogados divorcios,certificado matrimonial,divorcio hijos menores,divorcio mutuo acuerdo,tipos de divorcios,tramites divorcio

Categorías: Divorcios, Noticias

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