Saludos a todos y bienvenidos de nuevo a otra publicación de nuestro blog. ¿Quieres saber cómo rescindir un contrato de alquiler evitando problemas y riesgos? Atento que te lo contamos todo y un poco más abajo compartimos un vídeo.
Casi todos los que habitualmente nos leéis y seguís, o si en tu caso eres nuevo y has encontrado esta publicación en Internet, en algún momento habréis tenido que hacer un contrato de alquiler o arrendamiento a lo largo de vuestra vida.
¿Quién no se ha visto en la necesidad de alquilar una casa, alquilar un piso, crear una empresa o negocio y necesitar un local comercial para desarrollar la actividad en el mismo?
Pues bien, como todos sabéis, en un contrato de alquiler, además del tipo de contrato, que se puede hacer de varias maneras teniendo en cuenta las condiciones o características del bien o actividad, hay dos posiciones claramente identificadas. Por un lado, está el arrendador, esta es la persona que alquila una propiedad. Por el otro, está el arrendatario, es quien alquila ese bien.
Hoy no vamos a entrar a identificar los tipos de contrato que se pueden hacer, cuales son las responsabilidades de cada una de las partes o como hacer un buen contrato de arrendamiento, esto último ya lo tenéis publicado en la categoría de “Arrendamientos”, haz clic y podrás leer la noticia.
Pero lo que sí vamos a hacer es centrarnos en responder a esa pregunta que muchos se hacen, ¿cómo rescindir un contrato de alquiler sin riesgos y evitando problemas para ambas partes?
Es importante que si estás leyendo esto y te haces esa pregunta sepas que, la publicación de hoy sirve tanto para la persona o sociedad que quiere alquilar, como para la persona o sociedad que pone en alquiler uno de sus bienes ya sea una casa, un piso o un local comercial.
Como despacho de abogados especializado en Arrendamientos Urbanos y Alquileres, tenemos una idea muy clara y repetimos siempre el mismo mensaje ante la tan repetida conversación en la que nos dicen “bueno tranquilo, nos llevamos bien, que deje las llaves o se las de a un vecino y ya iré yo por allí cuando tenga un momento”.
¡NO HAGÁIS ESO NUNCA! ¡O AL MENOS EVITARLO SI SE PUEDE!
¿Cómo rescindir un contrato de alquiler?
Rescindir un contrato de alquiler es algo sencillo y no tenemos porque tenerle miedo, pero si es importante tener claros algunos detalles porque serán estos detalles los que eviten tener que llegar al punto de reclamar o demandar a la otra parte involucrada.
Partimos de un contrato de alquiler en el que se incluye siempre un período de tiempo que regula ese alquiler o arrendamiento. Llegado el momento del vencimiento del contrato de alquiler o ante la necesidad del propietario de disponer del mismo o ante la no continuidad del inquilino previo aviso según las cláusulas firmadas, toca rescindir el contrato.
A día de hoy, la ley no establece ninguna formalidad. Se puede, y ojalá siempre fuera así, rescindir un contrato de alquiler de forma amistosa, para lo que hay que seguir unos pasos concretos que ahora explicaremos. O por el contrario, si a la hora de rescindir el contrato nos encontráramos con algún problema, existen vías legales que protegen tanto al arrendatario como al arrendador.
Aunque vayamos a rescindir el contrato de arrendamiento de forma amistosa, desde este despacho de abogados en Gijón no recomendamos nunca hacer una entrega de llaves en mano, desearse suerte y cerrar la puerta.
Lo que recomendamos para rescindir un contrato de alquiler es redactar un documento muy sencillo de entrega de llaves y estado del inmueble y sus pertenencias.
¿QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA EN ESE DOCUMENTO DE RESCISIÓN DE MI ALQUILER?
Como ya hemos dicho anteriormente, se trata de un documento muy sencillo en el que sirve con dejar reflejado los siguientes datos:
- – Fecha de la firma para la rescisión del contrato de alquiler
- – Fechas del contrato de alquiler que rescindimos
- – Nombre, apellidos y DNI de la persona que entrega las llaves
- – Nombre, apellidos y DNI de la persona que recibe las llaves
- – Situación del inmueble cuando se entregan las llaves
Es importante que se revise bien todo teniendo en cuenta que no es lo mismo un contrato de alquiler de 6 meses que de 10 años. Lógicamente, en un contrato de alquiler de larga duración viene implícito un “deterioro” o “envejecimiento” por el uso de ese inmueble.
¿QUÉ OCURRE CON EL INVENTARIO Y LOS SUMINISTROS?
En caso de haber hecho un inventario de bienes que tuviera el inmueble, es el momento de revisarlo. Recordar que ya os lo comentamos en la publicación donde compartimos unos consejos para hacer un buen contrato de alquiler.
Si de mutuo acuerdo veis que en ese inventario faltan cosas, hay mala praxis o existe un deterioro anómalo con alguno de los bienes o enseres del inventario, podéis mediante la fianza llegar a un acuerdo y cerrar unas condiciones que sufraguen esos desperfectos.
En relación a los suministros, es importante revisar los contadores y ver la situación actual de cada contrato. Tener en cuenta que, el mero hecho de dar de baja un contrato de suministro, al propietario le puede suponer un coste alto el tener de volver a dar el alta, ojo con esto, mejor hablarlo o dejarlo por escrito en el contrato para saber como se debe actuar cuando nos toque rescindir un contrato de alquiler.
¿Y QUÉ PASA SI ALGUNA DE LAS 2 PARTES NO ESTÁ DE ACUERDO EN CÓMO RESCINDIR UN CONTRATO DE ALQUILER DE LA FORMA QUE QUIERE O ESTIMA LA OTRA?
Lo más importante en este caso es que no se entreguen las llaves hasta que haya consenso.¿Y porqué?
Por que tanto si eres arrendador como si eres arrendatario, pueden existir problemas. Por ejemplo:
- – El propietario recibe las llaves y no se ha firmado un documento de entrega. A efectos de la ley o un abogado, se puede decir que esa entrega no ha existido y el inquilino sigue con el contrato vigente.
- – Si el inquilino no está dispuesto a firmar el documento y os entrega las llaves, también puede dar lugar a tener problemas.
¿Y CÓMO CUMPLO CORRECTAMENTE A EFECTOS DE UNA FUTURA DEFENSA LEGAL?
Desde González Sastre Abogados, despacho especializado en arrendamientos urbanos y alquileres, nuestra recomendación es:
- – hacer la entrega de llaves en una notaria.
- – dejar clara la fecha que, previamente se le ha comunicado al propietario vía burofax, desde la cual ya nos somos inquilinos.
- – avisar al propietario que las llaves están a su disposición en ese sitio y ya no tengo responsabilidades como inquilino y el propietario podría volver a disponer del bien para llevar a cabo otro contrato de alquiler.
Todos estos consejos se centran en ayudaros y aclarar las dudas que tenéis para llevar a cabo la rescisión de un contrato de alquiler. En caso de no llegar a ningún acuerdo, y siendo el propietario el perjudicado a la hora de disponer del inmueble, la única salida que nos queda es el otro proceso sobre el que ya os hablamos en otras publicaciones y que os dejo los enlaces a continuación, el desahucio.
Otras publicaciones que pueden ser de tu interés
¡Quiero echar a mi inquilino! Procedimiento de desahucio en alquileres
Desahucio por impago de alquileres
Esperando que os haya aclarado algunas de vuestras dudas y que lo comentado en este escrito os ayude a evitar problemas presentes o futuros, me despido hasta nueva ocasión, no antes sin agradecerte tu tiempo y atención y esperando verte en alguna de nuestras próximas publicaciones.
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Comentarios
Pedro Sanz
Gracias, me ha sido útil
González Sastre Abogados
Muchas gracias Pedro, no dejes de visitar nuestro canal de Youtube, puedes suscribirte de forma totalmente gratuita. Un saludo.